CONVENIOS | Entre la FENACAPTUR y las Cámaras Provinciales de Turismo |  |  |  | La Federación Nacional de Cámaras Provinciales de Turismo FENACAPTUR y las Cámaras Provinciales de Turismo de Pichincha y Guayas, convinieron en firmar un Convenio de Subejecución con el propósito de realizar los aportes económicos, técnicos y logísticos que permitan instrumentar el Proyecto denominado Sistema de Certificación de Competencias Laborales en el sector Turismo, en el marco del Convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable ATN/MH-8542-EC suscrito con el BID. Corresponde a las Cámaras Provinciales de Turismo de Pichincha y Guayas: | 1. | Realizar un aporte de un monto equivalente hasta Ciento Setenta Mil 00/100 Dólares de los Estados unidos de América (US $ 170.000,00) para cofinanciar la ejecución del Convenio de Cooperación Técnica no Reembolsable No. ATN/MH-8542-EC, que tiene como propósito fnanciar el Proyecto Sistema de Competencias Laborales en el Sector Turismo. Este aporte puede ser en dinero o en especies, tangibles o intangibles, siempre que sean elegibles para el BID, de conformidad con los términos y condiciones previstas en el mencionado Convenio. | | 2. | Prestar las facilidades físicas para el funcionamiento de las Unidades Subejecutoras del Proyecto así como el apoyo logístico para el desarrollo de sus actividades. | | 3. | Seleccionar de acuerdo a los procedimientos del BID un Coordinador Técnico que se encargará de la coordinación del Proyecto en el ámbito de su competencia, en concordancia con las funciones y responsabilidades establecidas en el Manual de Operaciones Administrativas, Financieras y de Control Interno del Proyecto. | | 4. | Designar un representante Principal y un Suplente que integren el Consejo Consultivo. | | | | | Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la FENACAPTUR y el INEN | |  | Fue suscrito con el propósito de aunar esfuerzos para lograr que el proceso de adaptación de normas extranjeras cumpla con los requisitos para normalización del INEN y de lugar a los documentos normativos que serán estudiados y posteriormente aprobados por este organismo como normas ecuatorianas aplicables a nivel nacional. La Federación Nacional de Cámaras Provinciales de Turismo se compromete a: | 1. | Conformar un equipo de expertos en los subsectores turísticos de Alojamiento, Alimentos y Bebidas y Operación Turística; | | 2. | Ejecutar el diseño de la metodología para la adaptación de normas extranjeras a la realidad del Ecuador; | | 3. | Adaptar un mínimo de 40 normas para los subsectores turísticos mencionados; | | 4. | Llevar a cabo talleres de validación de las normas involucrando a los subsectores de Alojamiento, Alimentos y Bebidas y Operación Turística con el objeto de trabajar en base a la realidad del mercado laboral; y, | | 5. | Brindar al delegado del INEN la información y los documentos necesarios para la ejecución efectiva de su trabajo. | El Instituto Ecuatoriano de Normalización, se compromete a: | 1. | Trabajar coordinadamente con el equipo multi-disciplinario que desarrollará la Adaptación de Normas; | | 2. | Asesorar al equipo para que la adaptación de las normas en cada subsector cumpla con los requisitos establecidos por el INEN; | | 3. | Realizar el seguimiento y revisión de las normas adaptadas para los subsectores: Alojamiento, Alimentos y Bebidas y Operación Turística. | | 4. | Coordinar el proceso de aprobación de las Normas en el INEN. | | | | | | Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la FENACAPTUR, el Ministerio de Turismo, el Ministerio de Trabajo y el INEN | |  |  |  | Se suscribió con el objeto de aunar esfuerzos para lograr el reconocimiento, la difusión y la implantación del Sistema de Certificación de Competencias Laborales en el sector turístico del Ecuador. Como obligaciones conjuntas, las partes se comprometen a: | a) | Participar activamente en las instancias de análisis y aprobación de normas de competencia laboral y de apoyo técnico al Proyecto de Certificación de Competencias Laborales. | | b) | Difundir las bondades del Sistema de Certificación de Competencias Laborales en el sector Turismo. | Las obligaciones de cada institución se resumen a continuación: MINISTERIO DE TURISMO | a) | Reconocer las normas de Competencia Laboral y el Sistema de Certificación desarrollado en el marco del Convenio de Cooperación Técnica No reembolsable No. ATN/MH-8542-EC, suscrito entre FENACAPTUR y el BID. | | b) | Fomentar la mejora de la calidad de productos y servicios del sector turístico a través del sistema de certificación de competencias laborales, otorgando a las empresas que evidencien su implantación los siguientes incentivos: | | 1. La posibilidad de subir de categoría 2. Mayor promoción a través de los mecanismos utilizados por el Ministerio y el Fondo Mixto de Promoción Turística 3. Privilegios en cuanto a capacitación 4. Otros que el Ministerio considere adecuados | INEN | a) | Apoyar a la FENACAPTUR en el desarrollo de los Proyectos Normativos que serán presentados para conocimiento y aprobación del Consejo Directivo del INEN. | | b) | Agilizar los trámites de aprobación de normas en el INEN hasta su envío al Ministerio de Comercio Exterior y su publicación en el Registro Oficial. | | c) | Difundir las normas ecuatorianas de competencias laborales una vez que éstas hayan sido aprobadas. | MINISTERIO DEL TRABAJO | a) | Efectuar un reconocimiento de los trabajadores certificados en las Tablas Sectoriales de Turismo. | | b) | Hacer constar en el Diccionario Nacional de Ocupacionales el contenido de las normas de competencias laborales aprobadas por el INEN y reconocidas por el Ministerio de Turismo. | FENACAPTUR | a) | A través del Convenio de Cooperación Técnica suscrito con el BID, financiar los gastos de desarrollo, publicación y difusión de las normas de Competencia Laboral. | | b) | Crear el organismo que se encargue de la certificación de personas, el cual funcionará con una acreditación oficial según la norma ISO 17024. | | c) | Difundir los resultados del Proyecto a los sectores interesados, mediante diversas estrategias de comunicación e información. | | | | | | | | Entre la FENACAPTUR y el Instituto de Hospitalidade de Brasil | | | Este Convenio se suscribió con el propósito de pactar los términos y las condiciones de la mutua colaboración entre los Comparecientes impulsando el desarrollo de proyectos dirigidos a la mejoría de la competitividad del sector turístico de ambos países. Los Comparecientes se comprometen mutuamente a: | a) | promover la concientización nacional sobre la importancia de la calidad en la prestación de servicios para el desarrollo del sector turístico y su reflejo en las oportunidades de trabajo y generación de renta, en la calidad de vida de la población y en el desarrollo social y económico de ambos países; | | b) | desarrollar en conjunto proyectos de capacitación/calificación y certificación de personas; | | c) | utilizar cuando se requiera los referenciales del PROGRAMA DE CERTIFICACIÓN DE LA CALIDAD PROFESIONAL PARA EL SECTOR DE TURISMO DE BRASIL y del PROYECTO DE CERTIFICACIÓN DEL COMPETENCIAS LABORALES PARA EL SECTOR TURISMO DEL ECUADOR en las diversas acciones de formación y capacitación profesional a ser desarrolladas; | | d) | realizar investigaciones y estudios, seminarios, cursos y otras iniciativas de sensibilización y de capacitación junto a las empresas y profesionales relacionadas con el turismo y la hospitalidad; | | e) | hacer constar marcas y/o logotipos de ambos Comparecientes en cualquier material de divulgación y/o propaganda referente a este CONVENIO; | | f) | mantener los archivos de toda la documentación administrativa y técnica referente al presente CONVENIO, así como de eventuales documentos generados, quedando estos archivos siempre a disposición de ambos Comparecientes; y | | g) | asegurar que los resultados decurrentes de las acciones desarrolladas conjuntamente sean ampliamente divulgados, con expresa mención de este CONVENIO; | | h) | Cooperar técnicamente en la realización de las actividades a ser pactadas de común acuerdo, con entendimientos previos y por escrito en lo que se refiere a plazos y otras condiciones, y en conformidad con instrumentos jurídicos específicos para la implementación de los planes de trabajo que se hayan acordado oportunamente entre los Partícipes, en los cuales deberán constar: (i) el objeto a ser ejecutado; (ii) las obligaciones y responsabilidad técnicas y financieras de los comparecientes; (iii) los representantes de los Comparecientes que serán los responsables de la coordinación general de las actividades que serán desarrolladas; (iv) las etapas o fases de ejecución, con su respectivo cronograma; (v) las metas a alcanzar; (vi) la estimativa del inicio y término de cada etapa o fase programada; (vii) la definición del plan de aplicación del aporte financiero; (viii) la identificación de los clientes; y (ix) la forma de presentación de cuentas en concordancia con las propuestas y demandas presentadas. | | | | | | | | |